PRESTACIONES
Las prestaciones de trabajo son
beneficios adicionales a los que el trabajador se hace acreedor al
pertenecer a un vinculo laboral, las prestaciones nacen en la relación
contractual y serán independientes al salario, podrán consistir en
beneficios de carácter económico, cultural, o médicos.
La ley establece
prestaciones obligatorias que todo patrón debe de otorgar a sus
empleados, las demás serán acordadas por mutuo acuerdo en el contrato
individual de trabajo o en su caso en el contrato colectivo donde el
sindicato hará función de mediador para conseguir los mayores beneficios
posibles.
La función que desempeñan las prestaciones laborales es que
siempre están orientadas a mejorar la condición de vida de los
trabajadores, reducir sus gastos y otorgarle fomentos que propicien su
desarrollo cultural y social.
Existen prestaciones las cuales se especifican en la Ley Federal del Trabajo y que son obligación del patrón otorgarlas, por ejemplo:
SALARIO
Es la retribución que se paga por el trabajo, el cual puede fijarse por día, por comisión, por un tanto o de cualquier otra manera.
La ley en el artículo 86 tiene lo que se llama "El principio de igualdad en el trabajo y en el salario" significa "A trabajo igual, salario igual".
El salario debe pagarse por semana a los obreros y por quincena a los empleados.
DESCANSO SEMANAL
La Ley señala que por cada seis días de descanso el trabajador disfrutará de un día de descanso pagado a salario normal, se procurará que dicho día sea el domingo, pero podrá ser cualquier otro día.
VACACIONES
Los trabajadores tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, que deberan disfrutar de forma continua dentro de los seis meses siguientes de la contratación.
Los trabajadores que laboren parte del año tendrán derecho a sus vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.
PRIMA VACACIONAL
El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores tendrán derecho a una prima de por lo menos 25% sobre la cantidad que reciban por concepto de vacaciones.
AGUINALDO
En su artículo 87 la ley estipula que tienen derecho a un aguinaldo anual que equivale a quince días de salario y que deberán recibir antes del 20 de diciembre.
Los que hayan laborado parte del año tendrán derecho a una parte proporcional.
PAGO DE UTILIDADES
Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas por el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los trabajadores en las Utilidades de las Empresas, actualmente es del 10%.
Ésta se calculará sumando los ingresos acumulables de la empresa, despues se le restarán las deducciones autorizadas y la diferencia será la base a la que se le sacará el 10%.
INCENTIVOS
Dessler señala que un programa o sistema de incentivos puede ser algo que incita o que tiene una tendencia a incitar a la acción. Los incentivos son los motivos e inducciones destinadas a aumentar y mejorar la producción.
Existen dos tipos de incentivos que pueden ser económicos y no económicos; los primeros relacionados a bonos, aumentos de sueldo etc., los segundospueden ser asistenciales, recreativos, supletorios.
Contar con un plan de incentivos laborales tiene varias ventajas como las siguientes:
-Motivación de los colaboradores.
-Evaluación del desempeño.
-Detección de futuros responsables de departamentos.
-Retención del talento.
-Potenciar el trabajo en equipo
Los tres principales tipos de programas motivacionales son:
Programas de pagos de incentivos
Enriquecimiento del puesto
Administración de objetivos
Los planes de incentivos deben reunir las siguientes características:
-Debe beneficiar tanto al trabajador como a la empresa.
-Deben ser explícitos y de fácil entendimiento para los trabajadores.
-Deben tener la capacidad para llevar un control de la produción dentro de la empresa.
-Motivar al empleado.